27 uztaila 2023
A partir de hoy desde Som Energia ofrecemos una nueva tarifa para todos los tipos de contrato: la tarifa indexada. Es una tarifa que traslada directamente el coste diario de la energía a las personas y empresas usuarias. Hasta ahora lo habíamos ofrecido a los contratos de empresas con consumos elevados, y ahora abrimos el abanico de contratos a los que la ofrecemos.
En este artículo detallaremos diferentes aspectos de la tarifa:
Una tarifa indexada consiste en trasladar a las personas y empresas usuarias lo que cuesta la energía al mercado mayorista diario. Las variaciones, pues, se repercuten al momento en las usuarias. Si el coste de la energía baja, los precios de la indexada bajan; y si el coste de la energía sube, los precios de la indexada suben.
Los precios de la tarifa comprenden el precio de la energía y el precio de la potencia, y a la factura se añaden, tal y como establece la ley, conceptos como el alquiler del contador y el bono social.
Los precios de la energía de la tarifa indexada incluyen, por supuesto, el coste de la energía, así como un margen para la viabilidad de la cooperativa, aparte de otros conceptos que deben pagarse para comercializar o consumir energía. En el caso de Som Energia, el margen es el mismo que se aplica a las tarifas por períodos, es decir, no hay distinción según tarifa. El precio final de la energía de la tarifa indexada se calcula a partir de una fórmula que contiene todos estos conceptos. Si queréis saber más sobre la composición del precio, la fórmula y su funcionamiento, podéis encontrar una explicación detallada en nuestro Centro de Ayuda.
El precio de la energía de la tarifa indexada depende del mercado mayorista diario, y por eso tiene un precio diferente cada día y cada hora. Los precios del mercado mayorista diario se conocen el día antes, (los publica OMIE en su web), y es con estos datos que se puede saber cuáles serán las horas más económicas y las más caras del día siguiente. Las tarifas indexadas son las que permiten tener en cuenta la información que ofrecen los medios de comunicación sobre "la hora más barata del día".
Así pues, puede intentarse optimizar la factura utilizando los aparatos eléctricos en las horas más económicas y en los días más económicos.
Todos los tipos de contrato pueden tener una tarifa indexada con Som Energia. Son estas:
Tipo de contrato | Tarifa indexada |
---|---|
Hasta 15 kW de potencia y baja tensión: la mayoría de domésticos, y algunas pequeñas empresas, despachos, oficinas… | 2.0TD indexada |
Más de 15 kW de potencia y baja tensión: pequeñas empresas, industrias, despachos, oficinas, etc. | 3.0TD indexada |
Tensión de acceso de más de 1 kV (alta tensión). Polígonos industriales, sistemas de riego, explotaciones agrícolas y zonas rurales. | 6.1TD indexada 6.2TD indexada 6.3TD indexada 6.4TD indexada |
Puntos de recarga de vehículo eléctrico de acceso público | 3.0TDVE indexada 6.1TDVE indexada |
Las tarifas indexadas, al igual que el resto de tarifas de Som Energia, no tienen permanencia. En cualquier momento se puede cambiar de tarifa (siempre que la que se quiera, esté disponible) o marcharse a otra comercializadora sin pagar penalizaciones.
La diferencia más importante con las tarifas por periodos (2.0TD, 3.0TD, 6.1TD…) es que se traslada directamente el coste de la energía al precio final. Las personas y empresas que tengan una tarifa indexada, por tanto, pagan más o menos en función de si el precio de la energía, en el momento en que la están consumiendo, es mayor o menor. Con las tarifas por periodos, en cambio, se paga un precio fijado con anterioridad, y las variaciones diarias de mercado, al alza o a la baja, las asume Som Energia (estas variaciones no afectan demasiado a las tarifas por periodos).
Otra diferencia es, pues, que en las indexadas hay un precio por cada día y cada hora, mientras que en las tarifas por periodos hay tres o seis precios, uno para cada período, y se mantienen hasta el próximo cambio de precios.
Para ver una comparación detallada de los dos tipos de tarifas, podéis visitar nuestro Centro de Ayuda.
Lo que hasta ahora eran las tarifas 2.0TD, 3.0TD, 6.1TD… pasarán a llamarse 2.0TD periodos, 3.0TD periodos, 6.1TD periodos.
En el Centro de Ayuda también podréis encontrar un artículo explicando cómo establecemos los precios en Som Energia.
Te conviene esta tarifa si…
Tienes tiempo de estar alerta, cada día, de cuáles serán las horas más económicas del día siguiente.
Tienes predisposición y margen para mover tus consumos energéticos a las horas y días más económicos (por ejemplo, cambiar la hora en la que pones la lavadora o el lavavajillas en función de las horas más económicas).
Quieres aprovechar las bajadas de precio de energía que haya en el mercado mayorista.
Estás dispuesto/a a asumir precios más elevados si la energía en el mercado mayorista sube.
No te conviene esta tarifa si…
No tienes tiempo o ganas de revisar las horas más económicas del día siguiente.
No tienes margen para mover usos energéticos en las horas y días más económicos.
Prefieres saber con antelación cuáles son los precios que se te aplicarán.
No quieres arriesgarte a tener que asumir posibles subidas repentinas de la energía.
En ciertos momentos, prefieres un precio fijo más elevado, aunque el precio de la energía en el mercado mayorista sea menor.
Si tienes autoproducción y/o participas en el Generation, hay más casuísticas a tener en cuenta. Te damos más detalles más abajo.
Los contratos que ya estén con Som Energia y quieran cambiar su tarifa a la indexada, deben hacerlo a través de la Oficina Virtual.
Quiero cambiarme a la tarifa indexada!
Si no has entrado nunca en la Oficina Virtual, en el Centro de Ayuda os explicamos cómo hacerlo, así como la forma de recuperar el acceso si no recuerdas la contraseña. También os contamos cómo llegar al apartado de modificar la tarifa.
Los contratos que no estén con Som Energia y quieran contratar la tarifa indexada, pueden hacerlo a través del apartado de contratar de la web, como con el resto de tarifas. Para contratar esta tarifa también es necesario ser socio/a de la cooperativa o bien que algún otro socio/a te acoja.
Como con las tarifas por periodos, la energía excedentaria de contratos con autoproducción se compensa al mismo valor que le cuesta, a la cooperativa, abastecerse de energía al mercado mayorista. Esto, aplicado a la tarifa 2.0TD indexada, significa que los excedentes generados a una hora concreta se compensarán al precio de la energía en el mercado mayorista diario a esa hora.
Quien tenga una instalación de autoproducción puede tener también una tarifa indexada, no existe ningún impedimento. Sí que es importante tener en cuenta, sin embargo, que al igual que el precio de la indexada en las horas de sol normalmente es más bajo, también la compensación de la energía excedentaria será más baja. Por tanto, si la instalación está sobredimensionada, seguramente no saldrá a cuenta tener una tarifa indexada. Si, por el contrario, la instalación no está sobredimensionada, tener la tarifa 2.0TD indexada puede que salga más económico que tener la tarifa 2.0TD periodos, y puede que no. Dependerá de las fluctuaciones del mercado. Tenéis más detalles en el artículo de la tarifa indexada del Centro de Ayuda.
Tampoco existe ningún problema en tener una tarifa indexada por mucho que se participe en el Generation kWh. Si este es tu caso, funcionará igual que con la otra tarifa: primero se te facturará la energía a precio GkWh (tanta energía como te corresponda, según tus acciones energéticas y la producción de las plantas). Después, la energía restante, se te facturará al precio de la tarifa indexada. Tienes más detalles en el artículo de la tarifa indexada del Centro de Ayuda.
Desde Som Energia ofrecemos esta tarifa porque la Asamblea General aprobó trabajar y ofrecer esta tarifa, para que las personas y entidades socias que lo deseen, puedan tener acceso a ella. Además, esta tarifa beneficia a Som Energia en tres aspectos: reduce el riesgo para la cooperativa, facilita el proceso de compra venta de energía, y sirve como método de salida por si existe una crisis de precios de la energía.
Si queréis tener más información sobre las tarifas indexadas, podéis visitar, en nuestra web, el apartado de tarifa indexada.
Ir a la web, apartado de tarifa indexada
También podéis visitar el Centro de Ayuda, donde encontraréis los siguientes artículos relacionados con las tarifas indexadas:
Las tarifas indexadas. Explica su funcionamiento, así como la fórmula con la que se establece el precio de la energía
La tarifa 2.0TD indexada. Explica las características de la tarifa indexada para contratos domésticos y/o pequeñas empresas con potencia de hasta 15 kW.
La tarifa 3.0TD indexada. Explica las características de la tarifa indexada para contratos de más de 15 kW y baja tensión.
Comparación de la tarifa por periodos y la tarifa indexada. Comparación detallada de las similitudes y diferencias entre los dos tipos de tarifa.
Cómo pedir un cambio de tarifa, de periodos a indexada o de indexada a periodos.
Y también pueden ser de interés los siguientes artículos:
Cómo establecemos los precios, en Som Energia.