El Sistema arbitral de consumo es el instrumento que las administraciones públicas ponen a disposición de la ciudadanía para resolver de manera eficaz los conflictos que surgen en las relaciones de consumo.
Conflictos
1. Los relacionados con la empresa distribuidora, como pueden ser:
2. Las inspecciones.
3. La calidad del suministro (incluso su continuidad o interrupción).
4. Los posibles daños causados por incidencias en la red eléctrica.
5. Las cuestiones sobre las cuales ya existe una decisión judicial firme y definitiva.
6. Las preguntas en las que, de acuerdo con la ley vigente, tiene que participar el Ministerio Fiscal.
7. Las quejas o reclamaciones que Som Energia no puede resolver porque no están relacionadas con su actividad.
Las reclamaciones relacionadas con contratos con consumidores. En este caso, deben ser presentadas por la persona titular del contrato, además de:
Si cumples los requisitos necesarios para acudir al sistema arbitral, puedes presentar una solicitud a la Junta Arbitral de Consumo de tu comunidad autónoma, a la Junta Arbitral Nacional de Consumo o a través de una asociación de consumidores.
La mediación trata de solucionar la reclamación sin la ayuda de los árbitros, y se lleva a cabo de manera independiente, imparcial y confidencial.
Si no hay acuerdo, se inicia el proceso arbitral, presentando todos los documentos, respuestas, alegaciones y pruebas.
El árbitro también puede pedir pruebas. El procedimiento arbitral acaba normalmente con la decisión tomada por el árbitro, llamada “laudo”. Este laudo tiene los mismos efectos que una sentencia judicial. El laudo es definitivo desde el momento en el que se dicta y es vinculante para las partes.